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Todos los emprendedores y autónomos, tienen una declaración de la renta un poco diferente. Pueden optar a reducciones, y a algunos beneficios para ayudarles a realizar su actividad. Este año 2014, se han realizado algunas modificaciones respecto a algunos porcentajes y pautas, además de los ya cambiados años anteriores. Señalar en primer lugar, señalar la retención estipulada en el Real Decreto-ley 1/2014, de 24 de enero, de reforma en materia de infraestructuras y transporte, y otras medidas económicas que amplían retenciones adicionales durante el ejercicio de 2014, que ya fueron aplicadas en 2012 y 2013. Por tanto al terminar el ejercicio correspondiente deberían volver a aplicarse niveles normales o anunciar un aumento del plazo.
Los autónomos, están obligados a presentar la declaración de la renta, siempre que hayan obtenido rentas sujetas al IRPF. Sólamente tendremos una excepción que se aplicará a a las personas que hayan obtenido rentas inferiores a 1.000 entre rendimientos del trabajo y de capital, actividades económicas y ganancias patrimoniales y pérdidas patrimoniales inferiores a 500 euros.
Estos niveles serían los anteriores a esta medida excepcional, que fijaban la retención general en el 19% y en el 7% para los autónomos que iniciasen su actividad por primera vez, que podrían aplicar este porcentaje durante los 2 primeros años de actividad.
Para poder optar a las reducciones de “emprendedor o autónomo” se tendrán que cumplir algunos requisitos:
La reducción se aplicará en el primer periodo impositivo en el que el rendimiento sea positivo y en el siguiente. En aquellos casos en que se inicie, a partir del 1 de enero de 2013, una actividad que genere el derecho a aplicar esta reducción y posteriormente se inicie otra, sin haber cesado en la anterior, la reducción se empezará a aplicar en el periodo impositivo en el que la suma de los rendimientos netos positivos de ambas actividades sea positiva, aplicándose sobre dicha suma.
También pueden optar a otro tipo de deducciones, dependiendo de su situación.
Fuente: Gestión Pyme
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