Cevi consulting: asesoría contable, fiscal, laboral, jurídica y financiera a empresarios individuales y pequeñas y medianas empresas en Madrid

Impuesto de Sociedades para PYMES: Nuevo régimen 2016

27 mayo 2016

Comentarios

0
 mayo 27, 2016
 0

La Ley 27/2014 ha llevado a cabo en los últimos dos años una profunda reestructuración  del Impuesto de Sociedades. Este gravamen es el tercero en importancia por volumen de recaudación y pesa sobre las rentas de personas jurídicas y empresas.

¿Qué aporta la nueva reforma de la Ley del Impuesto de Sociedades?

La innovación más importante aportada por la reforma es la introducción de un tipo general único tanto para las grandes corporaciones, como para las pymes (pequeñas empresas de medio tamaño).
El tipo general mencionado se estableció en el 2015 y se rebajó en el 2016 hasta el actual 25%.
Sin embargo el impuesto debe aplicarse a tipologías de sujetos pasivos extremamente variados y tiene que hacer las debidas diferenciaciones. Especial atención se atendió en la concesión de específicos beneficios a las pymes, ya que representan el 95% de las actividades económicas españolas.
Si las consideraciones de Hacienda se demostraran correctas las medidas adoptadas se traducirán en un ahorro para las empresas de unos 2.600 millones en el 2016.
El impuesto de sociedades prevé un estímulo especial para las pequeñas empresas, configurado con el nombre de “reserva de nivelación”: esta supone excluir de tributación hasta el 10% de la base imponible de un ejercicio; eso sí, con un límite que se sitúa en un millón de euros (siempre que se destine a constituir una reserva indisponible por el mismo importe con el que se podrán compensar las bases imponibles negativas que se obtengan en un plazo de cinco años.
La aplicación de este fondo de reserva hace que el gravamen efectivo aplicado a las pymes pase del 25% nominal a un 22,5%.
El impuesto de sociedades prevé también la creación de una “reserva de capitalización” para empresas de cualquier tamaño por la cual estas pueden disfrutar de una minoración del 10% del aumento de fondos propios que se efectúe durante el ejercicio, siempre que se mantenga durante cinco años, salvo en caso de pérdidas.
La aplicación conjunta de estos dos tipos de reservas rebaja el tipo efectivo hasta un 20,25%.

Efecto de la reforma del Impuesto de Sociedades sobre los regímenes de amortización:

Además, el régimen de amortización seguirá con los cambios efectuados en el 2015, que introdujeron una nueva tabla de amortizaciones simplificada que reducía sus elementos de los precedentes 646 a los actuales 34, sin especificación de los distintos tipos de actividades de las empresas.
Sigue también aplicándose desde el 2015 libertad de amortización de carácter general para bienes de escaso valor, de hasta 300 euros de valor unitario, con un máximo de 25.000 euros anuales.
Estas modificaciones se reflejan en el aumento de los recursos propios de las empresas que se pueden ahora autofinanciar en mayor medida y no tener que emprender nuevos proyectos de inversión o apelaciones al crédito para seguir sus actividades regulares.
En el caso de los negocios de nueva creación estos tributarán por Impuesto de Sociedades al tipo reducido del 15%, manteniéndose éste, el cual fue previamente establecido por la Ley de Emprendedores.
Ese gravamen se aplica a los primeros 300.000 euros de base imponible y del 20% para el exceso de dicho importe durante los primeros dos años de ejercicio con base positiva.
Con esta rebaja del tipo general de gravamen del Impuesto de Sociedades del 30% al 25% España se pone en la media de los Países de la Eurozona. En este sentido se quedan con tipos más altos Francia, con su 38%, Malta (35%), Bélgica (34%), Portugal (31,5%), Italia (31,4%), Alemania (30,2%), Luxemburgo (29,2%) y Grecia (26%), siempre que no llevaran a cabo reformas para su reducción.
 

 Impuesto sociedades

 
Artículo original: Navas Cusí Abogados
 

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Responsable » Cevi Consulting S.L.
Finalidad » Gestionar los comentarios del blog.
Legitimación » Su consentimiento.
Destinatarios » Los datos que no facilita estarán ubicados en los servidores de Abansys & Hostytec S.L. dentro de la UE.
Derechos » Podrá ejercer sus derechos, entre otros, a acceder, rectificar, limitar y suprimir sus datos.

Configuracion de Privacidad
Nombre Activado
Cookies Técnicas
Para usar este sitio web utilizamos las siguientes cookies técnicas requeridas:wordpress_test_cookie.
Cookies
Utilizamos cookies para ofrecerle una mejor experiencia en el sitio web.
Google Analytics
Realizamos un seguimiento anónimo de la información del usuario para mejorar nuestro sitio web.

Su privacidad es importante para nosotros.
Este sitio web utiliza cookies propias y de terceros para mejorar la experiencia de su usuario, recopilar estadísticas para optimizar la funcionalidad del sitio y ofrecer contenido adaptado a sus intereses.