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17 junio 2016

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 junio 17, 2016
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Solicite los “días de cortesía” para que hacienda no le envíe notificaciones electrónicas a la DEH, durante las vacaciones.
Las empresas están obligadas a disponer de una dirección electrónica habilitada (DEH) para recibir Notificaciones Electrónicas de la Agencia Tributaria. Al recibir una Notificación Electrónica a través de la dirección electrónica habilitada (DEH) se dispone de 10 días naturales para leerla. Aunque no se lea, se considera notificada automáticamente.
Por ello, durante períodos de vacaciones largas (de más de 10 días naturales) es importante comunicar a la Agencia Tributaria que no estará disponible para recibir y leer Notificaciones Electrónicas. De este modo, durante su ausencia por vacaciones, no recibirá Notificaciones Electrónicas.
Las notificaciones durante las vacaciones
La Agencia Tributaria ofrece a las empresas unos “días de cortesía” durante los que Hacienda no enviará Notificaciones Electrónicas. Las empresas pueden señalar un máximo de 30 días de naturales de cortesía al año y evitar así tener que leer y responder a las posibles notificaciones que reciban cuando están de vacaciones.
¿Cuando solicitar los días de cortesía?
Los días de cortesía se deben solicitar al menos 7 días antes del comienzo del período de vacaciones. Nuestra recomendación es que no se haga coincidir exactamente el período de cortesía de las Notificaciones Electrónicas con el período de vacaciones. Es más beneficioso iniciar el periodo de cortesía algunos días antes y evitar recibir una notificación importante en el último momento.
¿Como se solicitan los días de cortesía?
Para solicitar los días de cortesía y evitar recibir notificaciones electrónicas durante las vacaciones debe acceder a la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Una vez allí:
1.- Ir al apartado “Todos los trámites”-“Otros Servicios”-“Notificaciones”- “Notificaciones electrónicas”- “Solicitud de días en que no se pondrán notificaciones en la Dirección Electrónica Habilitada.
2. Se abrirá entonces un cuadro de diálogo en el que el explorador de Internet nos solicitará que seleccionemos el certificado de la empresa con la que queremos entrar.
3. Una vez dentro seleccionaremos la segunda opción: “Solicitud de días en los que no se pondrán notificaciones en Dirección Electrónica Habilitada”.
4. Entonces veremos un calendario con los días del año natural en el que nos encontremos.
5. Elegiremos entonces la opción “MODIFICAR”, y entonces podremos marcar en el calendario un máximo de 30 días en los que Hacienda no puede notificarnos nada en nuestro buzón telemático. Cada vez que marquemos un día, éste se pondrá en color verde.
6. A continuación seleccionamos “Validar”, y si todo es correcto, el botón “Validar” se habrá convertido en “Firmar y enviar”. Seleccionamos “Firmar y enviar”, y se nos abrirá un nuevo cuadro, en el que deberemos volver a clicar sobre “Firmar y enviar”.
7. Una vez firmado, el sistema nos devolverá un recibo de presentación con el resultado de la operación. Ahí constarán los días inhábiles del año.
Los 30 días no hay que seleccionarlos juntos, sino que pueden repartirse a lo largo del año. Una vez seleccionados, pueden modificarse si fuera necesario, siguiendo el mismo procedimiento.
Es conveniente seleccionar un margen de días previos a nuestras vacaciones. Si nos queremos ir el 1 de julio, por ejemplo, y seleccionamos el 1 como primer día inhábil para notificaciones, podríamos recibir un requerimiento el 30 de junio y no nos daría tiempo a contestarlo. Es mejor seleccionar a partir del 25 o 26 con un margen suficiente para que esto no ocurra.
 

Notificaciones Hacienda vacaciones

 
 
Artículo original: Roca Vilà assessors
 

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