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Casillas para ahorrar en la renta

En la renta hay casillas más importantes que otras. Estas son las que te permitirán ahorrar al hacer tu IRPF. No las pierdas de vista y pagarás menos impuestos.

 ¿Quien no quiere pagar menos impuestos? Ahorrar al hacer la declaración de la renta 2014 es posible si tienes claro cómo funciona el IRPF, qué deducciones puedes aplicar y cuáles son las casillas clave que no debes pasar por alto. Y es que una cosa es la teoría fiscal y otra bien diferente cómo plasmarlo en tu declaración, bien al modificar el borrador o al utilizar el Programa Padre.

Estas son las casillas que te permitirán pagar menos impuestos en la renta 2014 o que harán que tu factura fiscal se dispare.

  • Casilla 002. Se refiere a las retribuciones en especie, que muchas veces pueden dar lugar a confusión. Debes saber que hay ingresos que no tributarán como las tarjetas de transporte -dentro de unos límites- o el dinero que la empresa te haya ‘pagado’ para formarte en nuevas tecnologías.
  • Casilla 013. Si estás colegiado por obligación profesional y laboral no debes dejar pasar la ocasión para deducir el dinero que pagas hasta un máximo de 500 euros al año.
  • Casilla 22. Aquí se reflejan los intereses de cuentas y depósitos. Repasa que estén bien todos los datos y, sobre todo, que se están incluyendo las retenciones de forma correcta. Por defecto tu banco debe de haberte retenido un 21% a cuenta del IRPF y si esta cifra no figura, lo tendrás que pagar al hacer la renta.
  • Casilla 24. En el apartado de rendimientos de capital mobiliario, es decir, el derivado de las acciones, esta casilla resume los ingresos por dividendos. Recuerda que los primeros 1.500 euros estarán exentos de tributar.
  • Casilla 32. Si inviertes no sólo debes incluir lo que has ganado y lo que has perdido, sino también los costes que has soportado por tu actividad. Los gastos de gestión de cartera tales como los costes de mantenimiento y renovación o las comisiones de los productos de ahorro y de la operativa bursátil son gastos fiscalmente deducibles, No de olvides de comprobar si están incluidos.
  • Casilla 42. En el caso de los rendimientos mobiliarios a integrar en la base general hay una serie de gastos deducibles que podrás incluir en esta casilla. Si has obtenido rendimientos por la prestación de asistencia técnica, el alquiler de bienes muebles, negocios o minas o de subarrendamientos, podrás deducir los gastos necesarios para el mantenimiento de la actividad.
  • Casilla 099. Una de las muchas casillas de Actividades Económicas destinadas a los gastos. Si eres autónomo, recuerda que los pagos a la Seguridad Social por las cotizaciones de tus trabajadores desgravan y que también lo hacen los tuyos.
  • Casilla 364. Esta casilla es la que sirve para compensar pérdidas con ganancias patrimoniales. Dicho de otra forma, lo que has perdido en fondos se restará a las ganancias. Eso sí, recuerda que deberás distinguir entre las ganancias generadas en un periodo inferior a un año y las generadas a más de un año. En el caso de las primeras, se integrarán en la base general y en el de las segundas en la base del ahorro.
  • Casilla 391. Esta es la casilla donde deberás incluir las cantidades sujetas a la exención por reinversión en vivienda habitual. Y es que si has vendido tu vivienda habitual para comprar otra que también será vivienda habitual no tendrás que pagar impuestos por las ganancias obtenidas.
  • Casilla 446. Si cuentas con saldos negativos del capital mobiliario pendientes de compensar de ejercicios anteriores hasta 2010, podrás hacerlo este año. Dispones de cuatro ejercicios para compensar pérdidas.
  • Casilla 458. Esta casilla refleja el resultado de tus aportaciones a planes de pensiones propios. Repasa que todos los datos estén correctamente incluidos porque el dinero aportado servirá para reducir tu base imponible dentro de los límites legales.
  • Casilla 459. Las aportaciones que realices a favor del cónyugue en su plan de pensiones, PPA o PIAS tienen premio fiscal hasta un límite de 2.000 euros al año.
  • Casilla 475. Si haces alguna aportación dineraria a favor del cónyugue o de los hijos como anualidades por alimentos, es aquí donde debes consignarlas.
  • Casillas 547 y 548. Son las referidas a la deducción por inversión en vivienda habitual. Si compraste tu casa más tarde del 1 de enero de 2013, olvídate de ella y sino, repasa que t
  • odos los datos estén bien incluidos.
  • Casilla 639. Si has invertido en una empresa de nueva creación como accionista podrás desgravar parte de ese dinero en esta casilla.
  • Casilla 645. Si vives de alquiler y tu base imponible es inferior a 24.107,2 euros, podrás desgravar por el alquiler que pagas al hacer la renta. En esta casilla debes indicar las cantidades que has destinado al alquiler.

 

 

Fuente original: Declaracion de la Renta

 

 

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