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En el mes de diciembre hay que hacer efectivo el pago a cuenta del Impuesto de Sociedades. Como no coincide con las liquidaciones trimestrales podría darse el caso de que alguien se despiste así que os recordamos que el caso de que el pago se haga mediante domiciliación bancaria el plazo para el envío termina mañana día 15 y para el pago a través del NRC bancario el plazo termina el día 20. Aquellos domicilien el pago recibirán un cargo en cuenta el mismo día 20.
La base para calcular el pago fraccionado será la cuota íntegra del último período impositivo cuyo plazo reglamentario de declaración estuviese vencido, minorado en las deducciones y bonificaciones a que se refiere la ley del Impuesto de Sociedades, así como en las retenciones e ingresos a cuenta correspondientes.
La cuantía del pago fraccionado será el resultado de aplicar a las bases antes indicadas el porcentaje que se establezca en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
En este caso la cantidad a abonar como pago fraccionado será el 18% de la cuota íntegra del Impuesto.
Fuente: Pymes Autónomos | Autor: Rbujan | Artículo original
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