¿Qué debe tener en cuenta el autónomo para elegir su base de cotización y cómo puede optimizar su cuota a la Seguridad Social?
Los trámites administrativos para constituirse como autónomo son numerosos; primero, gestionar el alta en Hacienda con el modelo 036, cuidando la elección del epígrafe de actividad y del régimen fiscal Después, la burocracia continúa con la solicitud de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). He aquí, en este último trámite, donde el autónomo elige el precio a pagar por cotizar como trabajador por cuenta propia.
De las muchas obligaciones que el autónomo adquiere con la Administración la cuota a la Seguridad Social es probablemente la más pesada. En este sentido, el 80% de los más de tres millones de trabajadores dados de alta en el RETA opta, con una previsión de su contabilidad, por asegurarse el menor gasto y hacer frente a la cuota mínima establecida en 275 euros mensuales.
Elección de la base: cotización mínima prestaciones mínimas
A diferencia del trabajador por cuenta ajena, el autónomo puede seleccionar la base de cotización que más le convenga dentro de los límites establecidos regulados anualmente en los Presupuestos Generales del Estado (PGC). La base mínima de cotización se sitúa, hoy por hoy, en 919,80 euros mientras que la base máxima asciende a 3.751,20 euros.
Pero estos límites tienen una excepción. Tanto para los emprendedores de 48 años o más edad como para los autónomos más veteranos que han llegado a este umbral, la base de cotización estará entre los 992,10 euros y los 2.023,50 euros. Y es que para la Seguridad Social, cotizar en el RETA sí es cuestión de edad.
Como ya apuntábamos antes, el 80% de los autónomos se decanta por la base mínima para obtener un mayor rendimiento de su actividad pero la realidad es que cotizar por lo mínimo es sinónimo de prestaciones mínimas, como por ejemplo la pensión.
Con qué prestaciones quiero contar para el futuro es probablemente una de las preguntas estrella del autónomo a la hora de elegir base de cotización y cuota. Existen dos opciones: decantarse por la cotización con incapacidad temporal cuyo tipo a aplicar es el 29,80% o no incluirla y aplicar el tipo 26,50% por contingencias comunes.
El 80% de los autónomos, pensando siempre en la supervivencia de sus negocios reduciendo al máximo los costes fiscales y administrativos, opta por la cotización más básica, es decir, la cotización por contingencias comunes; esto significa que la mayoría no tienen derecho a cobertura o prestación en caso de accidente de trabajo.
Lo más recomendable es curarse en salud y disfrutar de los derechos que se adquieren tras asumir el coste de cotizar por contingencias profesionales.
Acogerse a las bonificaciones en la cuota del RETA
Para nuevos autónomos, autónomos en situación de pluriactividad, autónomos colaboradores, padres autónomos, autónomos discapacitados o autónomos mayores de 65 años; la mejor manera de optimizar la cuota a la Seguridad Social es beneficiándose de algunas de las reducciones contempladas por el sistema orientadas a impulsar el autoempleo.
Las más destacada de estas bonificaciones es sin duda la tarifa plana de 50 euros durante seis meses para nuevos autónomos. La medida ha contado con más de un millón de beneficiarios desde su puesta en marcha en 2013, una cifra que irá in crescendo con la entrada en vigor de la ampliación a un año de dicha bonificación a partir de enero del próximo año.
Además, la nueva ley de autónomos ha facilitado el acceso al conjunto de bonificaciones acortando el periodo de tiempo exigido sin cotizar en el RETA de cinco a dos años.
Cambiar de base de cotización en función de la marcha del negocio
Lo ideal para optimizar la cotización en el RETA y por tanto mejorar las prestaciones derivadas de la misma es cambiar de base conforme a la actividad del negocio o lo cerca que se encuentre el autónomo de la edad de jubilación.
En la actualidad solo se permiten dos cambios anuales en la base de cotización pero la reforma de autónomos permitirá a partir de enero del próximo año hasta cuatro cambios.
Artículo original: elEconomista.es
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