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Una duda que se hacen muchos trabajadores autónomos que atraviesan una mala situación económica, es saber si pueden aplazar el pago de las cuotas a la seguridad social. Lo cierto es que retrasarse en el pago de la cuota como autónomo conlleva una sanción o multa por pagar fuera de plazo y son bastante elevadas.
Sin embargo, existe una medida que permite que los profesionales autónomos que se encuentren en una situación díficil puedan aplazar el pago de sus cotizaciones. Es habitual que todos los que se acogen a esta medida no sólo soliciten el aplazamiento de las cuotas, sino también el de los recargos derivados del retraso.
Para poder solicitar esta moratoria, los autónomos deben reunir los siguientes requisitos:
Otro factor importante a tener en cuenta es la cuantía de la deuda cuyo pago se quiere aplazar con la seguridad social. Si la cantidad es inferior a 30.000 euros no se exigen avales, pero si es superior, para la concesión del aplazamiento será necesario presentar un avala solidario.
No todas las cuotas con la Seguridad Social pueden ser aplazadas y son:
El aplazamiento del pago de las cuotas a la seguridad social puede solicitarse desde el momento en que haya finalizado el plazo reglamentario para realizar el abono conocido como “recaudación voluntaria” y es cuando se puede solicitar el aplazamiento.
La solicitud de aplazamiento de la deuda se debe presentar en las oficinas de la Seguridad Social o bien en la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de la provincia en la que resida el autónomo o bien hacerlo por Internet a través del registro que la Seguridad Social tiene en sede electrónica.
La documentación que debe acompañar a la solicitud es la siguiente:
Una vez concedida la moratoria, recibirás un documento en el que se especifican los plazos y tiempos de pago llamado cuadro de amortización.
El tiempo establecido para el pago de la deuda contraída con la seguridad social es de cinco años. Sin embargo, existe flexibilidad para cumplir los plazos establecidos en el cuadro de amortización. La deuda también se puede liquidar de forma anticipada.
Por último destacar que existen una serie de intereses que se aplican a la cantidad total de la deuda y que ascienden a:
Artículo original: serautonomo.net
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