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El Registro de Economistas Asesores Fiscales del Consejo General de Economistas (REAF-CGCEE) ha realizado una serie de recomendaciones a los contribuyentes de cara al cierre del ejercicio fiscal 2011, entre las que destaca que el próximo año algunos ciudadanos deberán tributar de nuevo por el Impuesto de Patrimonio, restablecido por el Gobierno.
Para las empresas, como novedades negativas y transitorias para 2011, 2012 y 2013, el Reaf destaca la limitación al 1% (antes 5%) de deducción del fondo de comercio financiero de participaciones en entidades no residentes, y la limitación en la compensación de bases negativas para entidades con cifra de negocios superior a 20 millones de euros.
Igualmente, indican que tanto las sociedades como las personas físicas que desarrollen actividades económicas y determinen el rendimiento neto en estimación directa pueden aprovechar el final del año si invierten en activo material o en inversiones inmobiliarias, para reducir la factura fiscal vía amortización libre de esos elementos.
En el IRPF, los contribuyentes podrán reducir la cuota a pagar si, en lo que resta del año, aportan a sistemas de previsión social, agotan el límite de la deducción por adquisición de vivienda o pagan determinadas obras para mejorar la vivienda habitual.
Si es trabajador por cuenta ajena, los asesores fiscales recomiendan que procure pactar con su empresa un cambio de determinadas retribuciones en especie, como seguros médicos para su familia, tarjeta restaurante o transporte, guardería, etc., por retribuciones dinerarias, ya que tiene el mismo coste para el pagador, pero el beneficiario tributará menos.
Asimismo, recuerdan que si en 2011 se mantiene la plantilla respecto a la que tenía en 2008, se podrá reducir el rendimiento neto de la misma en un 20%, siempre que no facture 5 millones o más de euros ni tenga 25 empleados o más.
Reaf también destaca que este año es el último para compensar minusvalías generadas en 2007, y añade que el contribuyente que quiera aprovecharlas, puede transmitir elementos con plusvalías latentes para absorberlas.
También en materia del Impuesto de Sociedades, recuerda que las micropymes pueden tributar este año al 20% por los primeros 300.000 euros de base imponible a condición de que su plantilla media no haya disminuido respecto a la del los ejercicio iniciado en 2008. A ese mismo importe aplicarán las pymes el tipo del 25%, gravándose el exceso al tipo general del 30%.
Fuente: Europa Press
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