Comenzamos Julio, un mes repleto de obligaciones fiscales y mercantiles, entre las que destaca la presentación de las cuentas anuales en el Registro Mercantil.
Resumimos los plazos para presentar nuestros impuestos:
HASTA EL DIA 20:
Se presentarán, referidos al segundo trimestre del 2017 para empresarios, profesionales y autónomos.
- Los modelos de retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, etc., (modelos 111, 115,123…)
- Los pagos fraccionados de renta (130,131)
- Los modelos correspondiente al IVA: (Modelos 303, 340, 349, 310, etc.)
Y referidos al MES DE JUNIO, presentarán los modelos las grandes empresas cuyas obligaciones son mensuales y aquellas acogidas al REDEME.
Y como novedad, recordad que las grandes empresas, también desde el 1 de Julio deberán acogerse al sistema SII ( SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACION), que las obliga además de a liquidar los impuestos mensualmente, a suministrar a la Agencia Tributaria los registros de facturación de forma electrónica en plazos muy breves, de ahí su nombre.
HASTA EL DIA 25:
- El impuesto de sociedades correspondiente al ejercicio 2016: (modelo 200, 220)
HASTA EL DIA 30:
Tenemos plazo para presentar las cuentas anuales en el Registro Mercantil.
Como novedad para la presentación de las cuentas anuales del ejercicio 2016, el pasado 25 de Mayo se publicó en el BOE la Orden JUS/471/2017, por la que se aprueban los nuevos modelos para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales de los sujetos obligados a su publicación.
Se trata principalmente de una adaptación de las cuentas anuales a la reforma del Plan General Contable publicada el pasado mes de Diciembre, mediante el Real Decreto 602/2016. Como principales novedades destacar las siguientes:
- Se elimina para aquellas sociedades que utilicen el modelo abreviado o el plan de Pymes de la presentación del Estado de Cambios del Patrimonio Neto.
- También desaparece el cuadro de distribución del resultado y el detalle del plazo de pago a proveedores.
- Se modifican los límites para la formulación de cuentas anuales abreviadas.
Recordad la importancia de la presentación de las cuentas anuales en el Registro Mercantil en plazo, porque si bien hasta ahora no se estaban poniendo sanciones por no presentarlas, el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) ha iniciado una campaña para abrir expedientes sancionadores a sociedades por no depositar las Cuentas Anuales.
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