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Calendario del contribuyente: Octubre 2015

Les recordamos ahora las principales obligaciones tributarias del mes de octubre.

 Hasta el 20 de octubre

* Pagos fraccionados Renta del tercer trimestre 2015: estimación directa (modelo 130) y estimación objetiva (modelo 131).
* Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas. Modelo 111, modelo 115, modelo 117, modelo 123, modelo 124, modelo 126, modelo 128, modelo 136.
* Tercer trimestre de IVA: autoliquidación (modelo 303), declaración-liquidación no periódica (modelo 309), declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias (modelo 349), servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión o de televisión y electrónicos en el IVA (modelo 368), operaciones asimiladas a las importaciones (modelo 380).
Solicitud de devolución recargo de equivalencia y sujetos pasivos ocasionales: modelo 308
Reintegro de compensaciones en el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca: modelo 341

También se presentarán en el mismo plazo las declaraciones y liquidaciones correspondientes al mes de septiembre de las grandes empresas:
* Retenciones: modelo 111, modelo 115modelo 117, modelo 123, modelo 124, modelo 126, modelo 128, y modelo 230.
* IVA: autoliquidación: modelo 303, grupo de entidades, modelo individual: modelo 322, declaración de operaciones incluidas en los libros registro del IVA e IGIC y otras operaciones: modelo 340, declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias: modelo 349, grupo de entidades, modelo agregado: modelo 353, operaciones asimiladas a las importaciones: modelo 380, autoliquidación: modelo 368.

Hasta el 20 presentaremos tambén los pagos fraccionados Sociedades y Establecimientos Permanentes de no Residentes. Ejercicio en curso:
* Régimen general: modelo 202
* Régimen de consolidación fiscal (grupos fiscales): modelo 222
Cabe recordar que el pago a cuenta de IVA que se calcula a partir del Impuesto de Sociedades no es igual que el presentado en abril, que tomaba como referencia el resultado de Sociedades de 2013. Ahora debemos calcularlo sobre el impuesto del ejercicio 2014 que presentamos en julio.

A estos modelos se añadirán los impuestos sobre las primas de seguros y los impuestos especiales de fabricación; así como los impuestos medioambientales.

 

Fuente: AEAT

 

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