Cevi consulting: asesoría contable, fiscal, laboral, jurídica y financiera a empresarios individuales y pequeñas y medianas empresas en Madrid
Con la publicación hoy en el BOE de la Orden HAP/455/2014, de 20 de marzo, se da el pistoletazo de salida a la campaña de Renta 2013. A partir del próximo 1 de abril se podrá solicitar el borrador y los datos fiscales, a través de la web se la Agencia Tributaria y a partir del día 23 de abril ya se podrá realizar la presentación por vía telemática o desde el 5 de mayo si se hace por otros medios, la campaña finalizará el 30 de junio.
La principal novedad para este año es la eliminación de la deducción por compra de vivienda, sólo para aquellos que la adquirieran a partir del 1 de enero de 2013. El resto podrá seguir aplicándola como venía haciendo hasta ahora.
Se mantiene el límite de 22.000 euros de rendimientos íntegros del trabajo para fijar la obligación de presentar la declaración de la renta, cuando procedan de un sólo pagador. Si se obtienen de más de un pagaodor el límite se fija en 11.200 euros y la suma obtenida del segundo o de los restantes pagadores no podrá ser superior a 1.500 euros.
También estarán obligados a presentar la declaración quienes hayan aplicado deducciones por inversión en vivienda, por cuenta ahorro-empresa o por doble imposición internacional. También los que apliquen reducciones en la base imponible por aportaciones a planes de pensiones, a mutualidades de previsión social, a planes de previsión asegurados o a patrimonios protegidos de las personas con discapacidad.
Están obligados a presentar declaración los contribuyentes que hayan obtenido rendimientos de actividades económicas, independientemente de su importe. Además los contribuyentes con actividades económicas no podrán presentar la declaración mediante la confirmación del borrador y habrán de realizar dicha presentación a través del modelo oficial.
Artículo original: Pymes y Autónomos.
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